TÍTULO II. CAPACIDAD, PATRIMONIO Y RECURSOS SOCIALES.

Artículo 3. La Asociación está capacitada para adquirir bienes y contraer obligaciones. Podrá en consecuencia, operar con Instituciones públicas o privadas.

Artículo 4. EI patrimonio se compone de los bienes que posee en la actualidad y de los que adquiera en lo sucesivo por cualquier título y de los recursos que obtenga por: 1) las cuotas ordinarias y extraordinarias que abonen los asociados; 2) las rentas de sus bienes; 3) las donaciones, herencias, legados y subvenciones.


 

 

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